transparencia
Unidad de Transparencia
Articulo 29 de la LTAIPEZ. Los sujetos obligados designarán al responsable de la Unidad de Transparencia que tendrá las siguientes funciones:
- Recabar y difundir la información a que se refieren los Capítulos Segundo, Tercero y Cuarto del Título Segundo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la información pública, y propiciar que las Áreas la actualicen periódicamente, conforme la normatividad aplicable;
- Recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información;
- Auxiliar a los particulares en la elaboración de solicitudes de acceso a la información y, en su caso, orientarlos sobre los sujetos obligados competentes conforme a la normatividad aplicable
- Realizar los trámites internos necesarios para la atención de las solicitudes de acceso a la información;
- Efectuar las notificaciones a los solicitantes
- Proponer al Comité de Transparencia los procedimientos internos que aseguren la mayor eficiencia en la gestión de las solicitudes de acceso a la información, conforme a la normatividad aplicable
- Proponer personal habilitado que sea necesario para recibir y dar trámite a las solicitudes de acceso a la información
- Llevar un registro de las solicitudes de acceso a la información, respuestas, resultados, costos de reproducción y envío;
- Promover e implementar políticas de transparencia proactiva procurando su accesibilidad
- Fomentar la transparencia y accesibilidad al interior del sujeto obligado;
- Hacer del conocimiento de la instancia competente la probable responsabilidad por el incumplimiento de las obligaciones previstas en la presente Ley y en las demás disposiciones aplicables;
- Las demás que se deriven de la Ley General, esta Ley y de la normatividad aplicable.
L.CyTC. Ana Mireya Enríquez García
Av. Pedro Coronel #20
Colonia Cañada de la Bufa C.P. 98610, Gpe, Zac.
Tels. (492) 92 2 85 84 ext 141
Correo: transparencia.ase@asezac.gob.mx
Lunes a Viernes 8:00 - 15:30
Área responsable de entregar la información: Unidad General de Administración
Nota: Esta información es permanente, en caso de que llegase a existir cambios al respecto se publicarán de inmediato.