Acuerdo General del Órgano Interno de Control del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas.

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Invitación a Presentación Anticipada de la Cuenta Pública 2023

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Protocolo de atención de denuncias sobre faltas administrativas y hechos de corrupcion

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DELITOS DE CORRUPCIÓN QUE PUEDEN COMETER LAS PERSONAS SERVIDORAS PÚBLICAS

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Código de Ética del Poder Legislativo del Estado de Zacatecas

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Auditoría Superior del Estado

 

L.C. Raúl Brito Berumen

Auditor Superior del Estado

 

Avisos Importantes


ACUERDO ADMINISTRATIVO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO OFICIAL DE LABORES DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE ZACATECAS, EJERCICIO FISCAL 2024.

09/01/2024

ACUERDO ADMINISTRATIVO POR EL QUE SE ESTABLECE EL CALENDARIO OFICIAL DE LABORES DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE ZACATECAS, EJERCICIO FISCAL 2024.

L.C. RAÚL BRITO BERUMEN, Auditor Superior del Estado de Zacatecas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 65, fracción XXXI, 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 1, 5, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 96 primer párrafo, 101, fracciones I, VI, XI, XII, XXVI y 102 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Zacatecas, en términos de lo dispuesto por los artículos transitorios primero, segundo y tercero del “Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Zacatecas”; publicado en el Periódico Oficial el 15 de julio de 2017; 1, 2, 3, 4, 5, 7, 10, 11, fracción III, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas, y

CONSIDERANDO

Que los artículos 65, fracción XXXI y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, precisan que, para la revisión de la Cuenta Pública, la Legislatura del Estado se apoyará en la Auditoría Superior del Estado, quien contará con las Unidades y Servidores Públicos adscritos a las mismas para su ejercicio y despacho de los asuntos que le competen.

Que a fin de realizar la adecuada planeación de las actividades de esta Auditoría Superior y brindar certeza a las Entidades Fiscalizadas, a los servidores públicos y particulares, la atención que deba brindarse en las oficinas de la Auditoria Superior, además de las actuaciones y diligencias que se deban practicar dentro del Proceso de Revisión y Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas, se establece el calendario de días inhábiles, además de los sábados y domingos para el ejercicio fiscal 2024:

Lunes 1 enero
Lunes 5 febrero, (Aniversario CPEUM)
Viernes 1 de marzo, (para los sindicalizados del SUTSEMOP, aniversario de su fundación 02 marzo)
Lunes 18 marzo; (en conmemoración del 21 de marzo, artículo 50, párrafo segundo Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Zacatecas y artículo 74 fracción III, de la Ley Federal del Trabajo)    Se habilita el 14 septiembre
Se habilita 15 septiembre para casos extraordinarios
Ambos días por el proceso de entrega/recepción municipal, laborando las áreas de recepción de documentos y oficialía de partes.

Lunes 16 (Independencia de México) artículo 50, párrafo segundo Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Zacatecas)

25, 26, 27, 28 y 29 de marzo, (en sustitución por los días habilitación del proceso de entrega/recepción municipal, jueves y viernes santos)    Martes 1 octubre (por ser año que corresponde a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal)
Jueves 31 de octubre (permuta del 27 octubre día del servidor público)
Miércoles 1 mayo, (día del trabajo)
    Viernes 1 de noviembre (día de todos los santos);
Lunes 18 noviembre (en conmemoración del 20 de noviembre inicio de la revolución mexicana)
Del 22 de Julio al 2 de agosto, PRIMER PERIODO VACACIONAL    Del 23 de diciembre al 7 de enero 2025 SEGUNDO PERIODO VACACIONAL, para regresar a labores al miércoles 8 de enero de 2025.

Los periodos vacacionales podrán modificarse atendiendo a las actividades que se programen por esta Auditoria Superior del Estado; para la práctica de diligencias, podrá habilitar los días inhábiles, debiendo hacerse saber esta circunstancia a los interesados y en su caso no alterará el cálculo de los plazos. Así mismo, podrá declarar otros días como inhábiles mediante Acuerdo Administrativo que se publique en los Estrados y en un lugar visible del acceso al inmueble que ocupa la Entidad de Fiscalización, sito en Avenida Pedro Coronel, número 20, del Fraccionamiento Cañada La Bufa, Guadalupe, Zacatecas.

El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial, Órgano de Gobierno del Estado de Zacatecas, en un lugar visible en el inmueble que ocupa la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas y en la pagina www.asezac.gob.mx (avisos).

Guadalupe, Zacatecas, a nueve (9) de enero del año dos mil veinticuatro (2024).
AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO DE ZACATECAS
L.C. RAÚL BRITO BERUMEN
ING´JADM/L.D.´HLAA/L.D.´AIHC

Descargar Archivo Adjunto

ACUERDO ADMINISTRATIVO NÚMERO 4 POR EL QUE SE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR DÍA INHÁBIL DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE ZACATECAS, EJERCICIO FISCAL 2023

24/10/2023

L.C. RAÚL BRITO BERUMEN, Auditor Superior del Estado de Zacatecas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 65, fracción XXXI, 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 1, 5, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 96 primer párrafo, 101, fracciones I, VI, XI, XII, XXVI y 102 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Zacatecas, en términos de lo dispuesto por los artículos transitorios primero, segundo y tercero del “Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Zacatecas”; publicado en el Periódico Oficial el 15 de julio de 2017; 1, 2, 3, 4, 5, 7, 10, 11, fracción III, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas, y

CONSIDERANDO

Que los artículos 65, fracción XXXI y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, precisan que para la revisión de la Cuenta Pública, la Legislatura del Estado se apoyará en la Auditoría Superior del Estado, quien contará con las Unidades y Servidores públicos adscritos a las mismas para su ejercicio y despacho de los asuntos que le competen.

Que a fin de realizar la adecuada planeación de las actividades de esta Auditoría Superior y brindar certeza a las Entidades Fiscalizadas, a los servidores públicos o particulares, la atención que deba brindarse en las oficinas de la Auditoria Superior, además de las actuaciones y diligencias que se deban practicar dentro del Proceso de Revisión y Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas, en fecha dieciocho (18) de enero del presente año (2023), se publicó en el Periódico Oficial Órgano de difusión de Gobierno del Estado de Zacatecas, el Acuerdo por el que se estableció la suspensión de labores entre ellos el 27 de octubre “día del servidor público” y considerando el 2 y 3 de noviembre de 2023 como hábiles.

Con motivo de la celebración del día de muertos, se consideran el jueves 2 y viernes 3 de noviembre de 2023, como días inhábiles, permutando este último por el 27 de octubre, día que se decreta como hábil, reincorporándonos a laborar el lunes 5 de noviembre de 2023.

Para la práctica de diligencias, la Auditoría Superior del Estado podrá habilitar los días inhábiles, debiendo hacerse saber esta circunstancia a los interesados y, en su caso no alterará el cálculo de los plazos. Así mismo, podrá declarar otros días como inhábiles mediante Acuerdo Administrativo que se publique en la página web, en los Estrados y en un lugar visible del Acceso al inmueble que ocupa esta Entidad de Fiscalización, sito en Avenida Pedro Coronel, número 20, del Fraccionamiento Cañada La Bufa, Guadalupe, Zacatecas, así lo acordó y firma en
Guadalupe, Zacatecas, a veintitrés (23) de octubre del año dos mil veintitrés (2023).
AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO DE ZACATECAS
L.C. RAÚL BRITO BERUMEN
LD´HLAA/LD´AIHC

Descargar Archivo Adjunto

ACUERDO ADMINISTRATIVO NÚMERO 3

13/09/2023

ACUERDO ADMINISTRATIVO NÚMERO 3 POR EL QUE SE ESTABLECE LA SUSPENSIÓN DE LABORES POR DÍA INHÁBIL DE LA AUDITORÍA SUPERIOR DEL ESTADO DE ZACATECAS, EJERCICIO FISCAL 2023.

L.C. RAÚL BRITO BERUMEN, Auditor Superior del Estado de Zacatecas, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 65, fracción XXXI, 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, 1, 5, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 96 primer párrafo, 101, fracciones I, VI, XI, XII, XXVI y 102 de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Zacatecas, en términos de lo dispuesto por los artículos transitorios primero, segundo y tercero del “Decreto por el que se expide la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado de Zacatecas”; publicado en el Periódico Oficial el 15 de julio de 2017; 1, 2, 3, 4, 5, 7, 10, 11, fracción III, del Reglamento Interior de la Auditoría Superior del Estado de Zacatecas, y

CONSIDERANDO

Que los artículos 65, fracción XXXI y 71 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas, precisan que para la revisión de la Cuenta Pública, la Legislatura del Estado se apoyará en la Auditoría Superior del Estado, quien contará con las Unidades y Servidores públicos adscritos a las mismas para su ejercicio y despacho de los asuntos que le competen.

Que a fin de realizar la adecuada planeación de las actividades de esta Auditoría Superior y brindar certeza a las Entidades Fiscalizadas, a los servidores públicos o particulares, la atención que deba brindarse en las oficinas de la Auditoria Superior, además de las actuaciones y diligencias que se deban practicar dentro del Proceso de Revisión y Fiscalización Superior de las Cuentas Públicas, en fecha dieciocho (18) de enero del presente año (2023), se publicó en el Periódico Oficial Órgano de difusión de Gobierno del Estado de Zacatecas, el Acuerdo por el que se estableció la suspensión de labores, considerando el 15 de septiembre de 2023 como hábil.

Con motivo de la conmemoración del “Aniversario de la Independencia de México·” se considera el viernes 15 de septiembre de 2023, como día inhábil, reincorporándonos a laboral el lunes 18 de septiembre de 2023.

Para la práctica de diligencias, la Auditoría Superior del Estado podrá habilitar los días inhábiles, debiendo hacerse saber esta circunstancia a los interesados y, en su caso no alterará el cálculo de los plazos. Así mismo, podrá declarar otros días como inhábiles mediante Acuerdo Administrativo que se publique en la página web, en los Estrados y en un lugar visible del Acceso al inmueble que ocupa esta Entidad de Fiscalización, sito en Avenida Pedro Coronel, número 20, del Fraccionamiento Cañada La Bufa, Guadalupe, Zacatecas, así lo acordó y firma en

Guadalupe, Zacatecas, a doce (12) de septiembre del año dos mil veintitrés (2023).

AUDITOR SUPERIOR DEL ESTADO DE ZACATECAS
L.C. RAÚL BRITO BERUMEN
LD´HLAA/LD´AIHC

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